Diez faltas al Código de Tránsito que seguramente no conoces

Disposiciones sobre el kit de carretera o el color de los vidrios, entre las más desconocidas.

1. No tener una linterna que funcione: todos los conductores están obligados a cargar en su caja de herramientas una linterna con pilas, indispensable para usarla durante cualquier emergencia, ya sea de noche o para realizar labores debajo del vehículo o en la parte del motor. Si no lleva linterna o la tiene pero esta no funciona, el guarda de tránsito le podrá imponer un comparendo. Código de la infracción C11. Valor del comparendo: 15 salarios mínimos legales vigentes diarios (368.910 pesos).

2. Lavar un vehículo en plena vía pública o en fuentes hídricas: si usted decide lavar su vehículo en un sitio no autorizado como calles, ríos, canales o cascadas, recibirá comparendo por parte de las autoridades de tránsito. Así mismo, será acreedor de un comparendo ambiental por 102.666 pesos. Código de la infracción B21. Valor del comparendo: 8 salarios mínimos legales vigentes diarios (196.752 pesos).

3. Suspensión de licencia a los reincidentes: si usted ajusta tres comparendos en un lapso de seis meses, sin importar que hayan sido realizados por diferentes infracciones y en distintos tipos de vehículo, las licencias de tránsito que tenga se le suspenderán por un periodo entre seis meses y un año. Sin embargo, esta norma no aplica cuando se trata de comparendo por conducir en estado de embriaguez, pues las normatividad es diferente. Así que si usted en seis meses, por ejemplo, le realizaron comparendo por estacionar mal su carro, no portar el casco de su moto y conducir hablando por celular, las licencias que tenga como conductor se le suspenderán durante ese periodo. En caso de que la tenga suspendidas y usted decida conducir, las autoridades están en la obligación de capturarlo.

4. Que los pasajeros de la parte trasera del automóvil no tengan puestos los cinturones de seguridad:a partir de 2004, todos los vehículos vienen fabricados con estos dispositivos en la parte trasera, por lo que el hecho de que una persona que se desplace en el compartimento de atrás de un carro y no lleve puesto el cinturón será causal de comparendo. Código de la infracción: C06. Valor del comparendo: 15 salarios mínimos legales vigentes diarios (368.910 pesos).

5. Llevar bombillas fundidas: si su vehículo tiene una bombilla fundida, ya sean las luces delanteras, dispositivos luminosos de posición, direccionales o de freno, o si alguna de estas está dañada, usted recibirá un comparendo. Así mismo, si son dos o más las que no funcionan, su vehículo será inmovilizado. Código de la infracción D08. Valor del comparendo: 30 salarios mínimos legales vigentes diarios (737.717 pesos).

6. No llevar extintor vigente y acorde con las dimensiones del vehículo: autoridades de tránsito podrán imponerle comparendo en caso de que usted no lleve en su vehículo un extintor. Así mismo, tendrá la misma suerte si lo lleva, pero ya está en fecha de vencimiento. Es importante, además, que este elemento sea proporcional a las dimensiones del vehículo que usted maneje. Por ejemplo, si usted va en una camioneta, pero lleva un extintor demasiado pequeño, también se le aplica comparendo. Código de la infracción C11. Valor del comparendo: 15 salarios mínimos legales vigentes diarios (368.910 pesos).

7. Oscurecer, polarizar o entintar el vidrio panorámico (delantero) del vehículo: los propietarios de automóviles podrán realizar estas modificaciones en los demás vidrios del vehículo, de acuerdo con los límites establecidos o portando los permisos de rigor. Sin embargo, el delantero no debe ser polarizado, oscurecido o entintado. Además, los vehículos de transporte público no deben llevar ningún vidrio oscurecido. Código de la infracción: B10. Valor del comparendo: 8 salarios mínimos legales vigentes diarios (196.752 pesos).

8. No llevar llanta de repuesto, o tenerla desinflada o desgastada: las autoridades de tránsito están en la obligación de imponerle un comparendo si usted no lleva en su vehículo el neumático de repuesto. Así mismo, tenerlo en malas condiciones también le generará comparendo, como es el caso de llevarlo pinchado, desinflado o con desgaste superior al permitido (1,6 milímetros) por el Código de Tránsito. Código de la infracción C11Valor del comparendo: 15 salarios mínimos legales vigentes diarios (368.910 pesos).

9. Poca claridad de las placas: todo vehículo debe tener las placas completamente claras y en condiciones que permitan su plena identificación. Un guarda de tránsito le puede imponer comparendo si estas están poco legibles, modificadas, retocadas, en lugares no permitidos u obstaculizadas por otros elementos. Código de la infracción: B03. Valor del comparendo: 8 salarios mínimos legales vigentes diarios (196.752 pesos).

10. No detenerse al pasar por vía férrea: si usted se dispone a pasa por un cruce ferroviario y no se detiene antes de hacerlo para pasar con precaución, podría recibir un comparendo. Esta norma, aunque se aplica poco y más aún en zonas donde hay vía férrea usada solo en algunas horas del día, por lo menos sí está contemplada en el papel. Código de la infracción C14. Valor del comparendo: 15 salarios mínimos legales vigentes diarios (368.910 pesos).

Además, ojo con la revisión tecnicomecánica. Esta revisión se debe realizar en todos los vehículos con seis o más años desde la matricula. Es común que los conductores piensen que este tiempo se empieza a contar a partir del modelo del vehículo. Teniendo en cuenta que muchos vehículos tienen fechas diferentes de matrícula y de modelo, usted puede recibir comparendo si ya cumplió los seis años de haber matriculado el vehículo. Por ejemplo, estaría cometiendo esta infracción si su vehículo es modelo 2010, pero lo matriculó en 2009 y no le ha realizado la revisión tecnicomecánica. Código de la infracción: C35. Valor del comparendo: 30 salarios mínimos legales vigentes diarios (368.910 pesos).

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