LLEGA EL PICO Y PASE PARA REFRENDACIÓN DE LICENCIAS DE CONDUCCIÓN 2022 – 2023

Dando cumplimiento a la Ley 2161 de 2021 y Sentencia de la  Corte  Constitucional, si tu licencia de conducción tiene fecha de vencimiento en Junio 20 de 2023 (consulta aquí la fecha de renovación), deberás realizar la refrendación en las siguientes fechas según el calendario de pico y cédula establecido por el Ministerio de Transporte para realizar el debido trámite,  si deseas refrendar antes de la fecha que te corresponde puedes hacerlo y evitar congestiones e incomodidades.

Conoce aquí la fecha que te corresponde dependiendo del último dígito de tu cédula.

Los requisitos para realizar tu trámite son:

  • La solicitud es personal, el interesado debe estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y presentar su documento de identidad.
  • Estar a paz y salvo por concepto de multas y sanciones por infracciones de tránsito, o haber efectuado un acuerdo de pago y estar al día en dichos pagos.
  • Estar a paz y salvo en el Registro Nacional de Medidas Correctivas, (consulta aquí). “Tenga en cuenta que en el momento de radicar se requerirá número y fecha de expedición del documento de las personas implicadas en el trámite”
  • Examen físico, mental y de coordinación motriz para conducir expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC), incorporado en la página del RUNT. (A excepción de expedición por cambio de documento y duplicado) (El examen es municipal).
  • Pago de derechos del trámite.

Si tienes alguna duda o necesitas asesoría, escríbenos a través de Facebook o llamando al (602) 285 5999.

Realiza tu acuerdo de pago

Solicita con nosotros tu acuerdo de pago y empieza a cancelar tu multa de manera mensual, con cuotas moderadas, evitando que incrementen más los intereses y obteniendo la posibilidad de realizar cualquier tipo de trámites ante la Secretaría de Tránsito.

Los requisitos que debes presentar son:

  • Cédula original y copia.
  • Llevar valor de cuota inicial.
  • Si va un tercero debe ser con poder de autorización autenticado, con firma y huella.
  • El apoderado deberá presentar cédula original y fotocopia.

También contamos con la opción de acuerdo de pago virtual:

Envíanos tu datos (cédula, nombre completo y teléfono) al correo servicioalcliente@consorciotransitopalmira.com y en el asunto debes colocar “Acuerdo de Pago Virtual”.

Recuerda que si vas a solicitar el acuerdo de pago de manera presencial, debes agendar tu cita a través de nuestra agenda dando clic http://bit.ly/2W5X2LV o llamando a nuestra línea 285 5999.

 

Liquida tu multa de tránsito fácilmente

Si vas a pagar un comparendo de tránsito y no te encuentras en Palmira, recuerda que puedes solicitar la liquidación de la multa con código de barras a través de estos canales:

      • Llama a nuestra línea de atención (602) 285 5999 y solicita que te envíen el documento a tu correo electrónico.

      • Escribe al chat de nuestra página web ubicado en el inicio.

      • Contáctanos por Facebook aquí 

Cuando ya hayas recibido la liquidación, debes imprimirla en impresora láser y acercarte a cualquier Banco de Bogotá para realizar el pago.

Pasos para la autenticación digital

Ahora para realizar trámites con tus vehículos, debes realizar la autenticación digital, previo a la radicación. Aquí te explicamos cómo hacerlo.

Antes de realizar este proceso de atenticación debes tener en cuenta:

- La autenticación está habilitada para personas que ya se encuentren registradas en RUNT.
- Debes teber los datos actualizados en el Runt.

1. Ingresa a www.autenticaciondigital.com y selecciona Palmira en el campo de Secretaría de Tránsito.

2. Elige los trámites a realizar, registra los datos solicitados y si es necesario, agrega a las demás personas implicadas. Tener en cuenta que únicamente debe autenticarse la persona que va a radicar el trámite.

3. Verifica la información, envía los datos y visualiza si tu información fue enviada correctamente.

4. Revisa tu correo electrónico y haz clic en el botón que te llevará a registrar la información en el Runt.

5. Una vez realices la autenticación, tendrás 7 días para realizar la radicación y el pago del trámite.

Fecha: 18 Junio 2020

Acuerdo de pago virtual

¡Reactivamos nuestros servicios de trámites de vehículos! Ten en cuenta que para legalizar la compra o venta de tu vehículo, debes estar a paz y salvo con tus multas de tránsito.

Por ello, si tienes un comparendo que te está generando intereses y no tienes la totalidad del dinero para realizar el pago, ¡tranquilo! tenemos una opción para ti. Solicita tu Acuerdo de Pago Virtual y empieza a cancelar de manera mensual, con cuotas moderadas, evitando que incrementen más los intereses y obteniendo la posibilidad de realizar cualquier tipo de trámites ante nosotros.

Diligencia este formulario y te contactaremos rápidamente.

 

 

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Fecha:  23 Mayo 2020

Cómo saber cuándo debes cambiarle las llantas a tu vehículo?

Tener unas llantas en buen estado no sólo le ayudará a que su carro mejore el desempeño, sino que le disminuirá el riesgo de tener accidentes.

Estas son las claves que desarrolló Goodyear para cuidar y determinar cuando es oportuno cambiar las llantas de su carro:

1. Observe con atención los neumáticos

Si nota que el diseño de la parte superior de la llanta se encuentra completamente liso, debe cambiarla de inmediato. Por lo general, las llantas tienen indicadores de desgaste que aparecen en forma de relieve y en el fondo de los surcos, si éstas alcanzan las 2/32 pulgadas no debe usarlas.

Así mismo, debe revisar que sus llantas no tengan protuberancias en la parte lateral que comprometan la estructura y su adecuado funcionamiento, de ocurrir esto es mejor acercarse al distribuidor más cercano para que revisen el estado de la llanta.

En algunos casos es recomendable realizar el cambio de la llanta, pues estas protuberancias indican que los cordones (hilos internos) han sufrido una separación y se está afectando la estructura del neumático.

Este es un daño que se produce normalmente por impactos en los costados de la llanta, generalmente al tropezar en huecos o irregularidades del camino cuando va a alta velocidad.

2. Durabilidad

En teoría el kilometraje puede ayudarlo como indicador de desgaste o durabilidad de la llanta, pero esto está sujeto a los hábitos de manejo, condición de las vías que frecuenta y el clima.

Es decir, el cambio de sus llantas depende también del uso que les da diariamente y el mantenimiento que le hace a su carro.

Factores como el estado de las carreteras son difíciles de controlar, pero otros aspectos como la velocidad, el frenado, el balanceo constante y mantener la presión de aire adecuada, si son controlables y ayudarán mucho a la durabilidad de la llanta.

3. Los accesorios del carro

Puede transformar su carro para que tenga un aspecto más deportivo y moderno con sólo cambiar las llantas. Los diseños y el tamaño del rin son las variables más importantes para tener en cuenta a la hora de hacer la personalización del auto.

Las llantas cuentan con diseños que además de adecuarse al modelo del vehículo, ofrecen algunos atributos adicionales como: evacuación superior de agua, mayor anclaje en curvas y proporcionan mejor reacción en el frenado. Los neumáticos con rines de mayor tamaño, por ejemplo, reducen su peso total y permiten mejorar los índices de velocidad y aceleración.

4. Experiencia de manejo

Si lo que se busca es una experiencia de manejo con mayor tracción y agarre, aumentar el ancho de las llantas puede ser un motivo para reemplazar las llantas originales. Estas condiciones son indispensables cuando se busca incrementar los niveles de velocidad y de adrenalina.

5. Para que las llantas duren más…

-No acelere: el calor excesivo es generado por conducir a altas velocidades. Este calor incrementa el índice de desgaste y reduce la durabilidad de la llanta.

-Evite dar vueltas o curvas rápidamente.

-No maneje sobre el borde del pavimento o sobre curvas, agujeros o sobre cualquier otra obstrucción.

-Evite frenadas bruscas

-Evite los golpes en las llantas, los huecos son el factor principal de daño en las mismas.

Decreto 332 Prohibe el tránsito de motocicletas con acompañante mayor de 12 años.

La Alcaldía de Palmira dio a conocer el Decreto No. 332, firmado el 2 de octubre de 2017, en el cual “Se PROHÍBE, durante las 24 horas del día, el tránsito de motocicletas de cualquier cilindraje con acompañante hombre mayor de 12 años, dentro de la jurisdicción del Municipio de Palmira”, como disposición temporal en uso de las facultades constitucionales y legales que le asiste a los alcaldes, y como una medida para velar por el orden público y la integridad de los ciudadanos.

Esta disposición tiene como propósito la protección de la vida de los habitantes de esta ciudad, la cual se ha visto afectada por los altos índices de criminalidad donde aparecen comprometidas las motocicletas, según estadísticas del Observatorio de Seguridad, Convivencia y Cultura Ciudadana.

El Secretario de Gobierno, Fabio Mejía Velasco explicó que es preocupante el aumento en las cifras de homicidios, en los cuales está comprometido el uso de las motocicletas; así lo demuestran las cifras registradas desde los años 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, y lo corrido de 2017, donde es alto el número de homicidios y hurtos, donde los victimarios han hecho uso de motocicletas, en porcentajes que van desde el 24, hasta el 80%. Por ello se establece la continuidad de la restricción en el tránsito para motocicletas con acompañante varón mayor de edad, en atención a lo dispuesto en la Ley 1551 de 2012, que faculta a los Alcaldes para dictar normas tendientes al mantenimiento del orden público.

De esta prohibición, se exceptúan las autoridades de seguridad, movilidad, emergencias, socorro, salud, motocicletas con placas oficiales, empresas de servicios públicos domiciliarios, y personal de vigilancia privada, quienes deberán acreditar su condición con los documentos de las empresas y carnés que les acredite como funcionarios. El conductor que no acate esta medida, será sancionado con una multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, y la inmovilización del vehículo, según lo dispuesto en el Decreto No. 332, que rige desde su publicación, hasta el día 31 de abril de 2018.

Descarga el decreto 332 de 2017 haciendo clic aquí

Diez faltas al Código de Tránsito que seguramente no conoces

Disposiciones sobre el kit de carretera o el color de los vidrios, entre las más desconocidas.

1. No tener una linterna que funcione: todos los conductores están obligados a cargar en su caja de herramientas una linterna con pilas, indispensable para usarla durante cualquier emergencia, ya sea de noche o para realizar labores debajo del vehículo o en la parte del motor. Si no lleva linterna o la tiene pero esta no funciona, el guarda de tránsito le podrá imponer un comparendo. Código de la infracción C11. Valor del comparendo: 15 salarios mínimos legales vigentes diarios (368.910 pesos).

2. Lavar un vehículo en plena vía pública o en fuentes hídricas: si usted decide lavar su vehículo en un sitio no autorizado como calles, ríos, canales o cascadas, recibirá comparendo por parte de las autoridades de tránsito. Así mismo, será acreedor de un comparendo ambiental por 102.666 pesos. Código de la infracción B21. Valor del comparendo: 8 salarios mínimos legales vigentes diarios (196.752 pesos).

3. Suspensión de licencia a los reincidentes: si usted ajusta tres comparendos en un lapso de seis meses, sin importar que hayan sido realizados por diferentes infracciones y en distintos tipos de vehículo, las licencias de tránsito que tenga se le suspenderán por un periodo entre seis meses y un año. Sin embargo, esta norma no aplica cuando se trata de comparendo por conducir en estado de embriaguez, pues las normatividad es diferente. Así que si usted en seis meses, por ejemplo, le realizaron comparendo por estacionar mal su carro, no portar el casco de su moto y conducir hablando por celular, las licencias que tenga como conductor se le suspenderán durante ese periodo. En caso de que la tenga suspendidas y usted decida conducir, las autoridades están en la obligación de capturarlo.

4. Que los pasajeros de la parte trasera del automóvil no tengan puestos los cinturones de seguridad:a partir de 2004, todos los vehículos vienen fabricados con estos dispositivos en la parte trasera, por lo que el hecho de que una persona que se desplace en el compartimento de atrás de un carro y no lleve puesto el cinturón será causal de comparendo. Código de la infracción: C06. Valor del comparendo: 15 salarios mínimos legales vigentes diarios (368.910 pesos).

5. Llevar bombillas fundidas: si su vehículo tiene una bombilla fundida, ya sean las luces delanteras, dispositivos luminosos de posición, direccionales o de freno, o si alguna de estas está dañada, usted recibirá un comparendo. Así mismo, si son dos o más las que no funcionan, su vehículo será inmovilizado. Código de la infracción D08. Valor del comparendo: 30 salarios mínimos legales vigentes diarios (737.717 pesos).

6. No llevar extintor vigente y acorde con las dimensiones del vehículo: autoridades de tránsito podrán imponerle comparendo en caso de que usted no lleve en su vehículo un extintor. Así mismo, tendrá la misma suerte si lo lleva, pero ya está en fecha de vencimiento. Es importante, además, que este elemento sea proporcional a las dimensiones del vehículo que usted maneje. Por ejemplo, si usted va en una camioneta, pero lleva un extintor demasiado pequeño, también se le aplica comparendo. Código de la infracción C11. Valor del comparendo: 15 salarios mínimos legales vigentes diarios (368.910 pesos).

7. Oscurecer, polarizar o entintar el vidrio panorámico (delantero) del vehículo: los propietarios de automóviles podrán realizar estas modificaciones en los demás vidrios del vehículo, de acuerdo con los límites establecidos o portando los permisos de rigor. Sin embargo, el delantero no debe ser polarizado, oscurecido o entintado. Además, los vehículos de transporte público no deben llevar ningún vidrio oscurecido. Código de la infracción: B10. Valor del comparendo: 8 salarios mínimos legales vigentes diarios (196.752 pesos).

8. No llevar llanta de repuesto, o tenerla desinflada o desgastada: las autoridades de tránsito están en la obligación de imponerle un comparendo si usted no lleva en su vehículo el neumático de repuesto. Así mismo, tenerlo en malas condiciones también le generará comparendo, como es el caso de llevarlo pinchado, desinflado o con desgaste superior al permitido (1,6 milímetros) por el Código de Tránsito. Código de la infracción C11Valor del comparendo: 15 salarios mínimos legales vigentes diarios (368.910 pesos).

9. Poca claridad de las placas: todo vehículo debe tener las placas completamente claras y en condiciones que permitan su plena identificación. Un guarda de tránsito le puede imponer comparendo si estas están poco legibles, modificadas, retocadas, en lugares no permitidos u obstaculizadas por otros elementos. Código de la infracción: B03. Valor del comparendo: 8 salarios mínimos legales vigentes diarios (196.752 pesos).

10. No detenerse al pasar por vía férrea: si usted se dispone a pasa por un cruce ferroviario y no se detiene antes de hacerlo para pasar con precaución, podría recibir un comparendo. Esta norma, aunque se aplica poco y más aún en zonas donde hay vía férrea usada solo en algunas horas del día, por lo menos sí está contemplada en el papel. Código de la infracción C14. Valor del comparendo: 15 salarios mínimos legales vigentes diarios (368.910 pesos).

Además, ojo con la revisión tecnicomecánica. Esta revisión se debe realizar en todos los vehículos con seis o más años desde la matricula. Es común que los conductores piensen que este tiempo se empieza a contar a partir del modelo del vehículo. Teniendo en cuenta que muchos vehículos tienen fechas diferentes de matrícula y de modelo, usted puede recibir comparendo si ya cumplió los seis años de haber matriculado el vehículo. Por ejemplo, estaría cometiendo esta infracción si su vehículo es modelo 2010, pero lo matriculó en 2009 y no le ha realizado la revisión tecnicomecánica. Código de la infracción: C35. Valor del comparendo: 30 salarios mínimos legales vigentes diarios (368.910 pesos).