¿Sabes por qué es importante hacer siempre el traspaso de un vehículo?

Algunas personas venden sus vehículos a personas amigas o a comerciantes de carros, a quienes les firmaron un papel en blanco para realizar posteriormente el traspaso, pero jamás verificaron que éste se hubiera hecho. En otras palabras, dejaron el trámite abierto.

Lo anterior significa que el propietario legal de un vehículo será la persona que figura inscrita como tal en el registro automotor del organismo de tránsito donde esté matriculado. Lo que quiere decir que también es responsable frente a todos los gravámenes, aportes, sanciones y pendientes en que se vea involucrado el vehículo como: embargos, demandas, hechos ilícitos, etc. La obligación del vendedor persiste hasta tanto no se registre la propiedad del comprador ante la autoridad competente.

Una vez estés al día en impuestos y multas de tránsito, podrás realizar el trámite de traspaso o traspaso a persona indeterminada según tu caso:

1. Si realizaste la venta de tu vehículo hace menos de tres años y tienes como ubicar al actual tenedor del vehículo pero nunca realizaste el traspaso ante la Secretaría de Tránsito donde está matriculado, es hora de hacer del trámite correspondiente. Así evitas sanciones de tránsito a tu nombre y demás acciones legales que puedan aparecer bajo tu numero de identidad.

Aquí te dejamos los requisitos para que puedas hacer este trámite de manera segura con nosotros:

  • Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado.

  • Vendedor y comprador deben estar inscritos en RUNT.

  • Las improntas se podrán adherir en el formulario de solicitud de trámite y/o documento soporte del traspaso como contrato de compra venta, acta de remate, hijuela, etc… Para los dobles traspasos se deberán adherir las improntas en los dos formularios de solicitud de trámite. Cuando sea trámites múltiples pueden aportar improntas en el formulario de solicitud.

  • Contrato de compraventa, documento o declaración en el que conste la transferencia del dominio.

  • SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito) vigente incorporado en RUNT (Registro Único Nacional de Tránsito).

  • Revisión técnico mecánica vigente e incorporada en RUNT.

  • Paz y salvo de impuestos (www.vehiculosvalle.com.co) . Para vehículo público deberá aportar la copia del recibo de pago de la última vigencia.

  • Paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito, tanto del comprador como del vendedor o haber efectuado un acuerdo de pago y estar al día en dichos pagos.

  • Pago de los derechos del trámite.

  • Pago por concepto de retención en la fuente.

  • Si el propietario es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.

  • Poder especial o contrato de mandato. Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar el contrato de mandato (poder general) o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

  • Valor del trámite:

$197.100 para carro y $159.500 para moto más el 1% del avalúo comercial del vehículo.

2. ¿Vendiste tu vehículo y no legalizaste el traspaso? Si ya pasaron mínimo tres años desde su venta y desconoces el paradero del vehículo, puedes realizar el traspaso a persona indeterminada.

Estos son los requisitos para solicitar este trámite:

  • El formulario solicitud de tramites debe estar diligenciado y en el campo datos del comprador, debe colocarse “Persona Indeterminada”.

  • Inscrito ante el RUNT y no tener infracciones de tránsito o tener acuerdo de pago.

  • No se requiere SOAT ni RTM vigente.

  • Declaración juramentada indicando la fecha (DÍA-MES-AÑO) desde que vendió el vehículo demostrando como mínimo 3 años transcurridos, las razones por las cuales no formalizó el trámite de traspaso y que desconoce el paradero del vehículo.

  • Cuando el trámite se realice a través de un tercero, este deberá estar inscrito en RUNT, deberá presentar un contrato de Mandato o poder Especial.

  • Cuando se solicite por una entidad de derecho público, no se validará infracciones de tránsito, pagos de impuestos y no es necesario que hayan transcurrido mínimo tres (3) años desde el momento en que dejó de ser poseedor.

  • Si el vehículo cuenta con limitación registrada, debe aportar documento en el que se levante dicho gravamen.

  • No puede contar con un contrato de compraventa para efectuar el trámite de traspaso.

  • En el evento que el último propietario registrado en el RUNT haya fallecido, los herederos deberán acreditar en la declaración de que trata el presente literal, el término que el propietario dejó de ser poseedor, el cual, en caso de ser inferior a los tres (3) años requeridos, deberá acumularse con la acreditación por parte de los herederos de que estos no han tenido la posesión del mismo durante el tiempo restaste para completar los tres (3) años.

  • Valor del trámite para moto $84.100 y para carro $121.700 más el 1% del avalúo comercial del vehículo.

NO SE REALIZA TRÁMITE CUANDO:

  • Recaiga sobre el vehículo una medida cautelar u orden judicial o por que el vehículo estuvo involucrado en accidentes de tránsito.

Recuerda agendar tu cita en nuestra página web http://bit.ly/2W5X2LV o llamando a nuestra línea de atención telefónica (602) 285 5999 opción 9.

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