Requisitos para la cancelación de matrícula

¿Sabes que es la cancelación de la matrícula de un vehículo? Es el trámite mediante el cual se cancela la licencia de tránsito (tarjeta de propiedad) de un vehículo ante un Organismo de Tránsito. Como consecuencia de ello, el vehículo se da de baja del Registro Nacional de Automotores (RUNT).

A continuación, te daremos a conocer las causales por las que se puede cancelar una matrícula y sus requisitos para solicitar el trámite.

Requisitos generales:

  • Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado, descárgalo aquí.

  • SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito) vigente incorporado en RUNT (Registro Único Nacional de Tránsito), consulta aquí.

  • Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito, consulta aquí.

  • Copias de los recibos de pago de los últimos cinco años de impuestos del vehículo.

  • Pago de los derechos del trámite ($88.900).

  • Si el propietario es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.

  • Poder especial o contrato de mandato. Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar el contrato de mandato (poder general) o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante, descárgalo aquí.

Causal cancelación originada en la decisión voluntaria del propietario de desintegrar su vehículo.

  • Certificación expedida por la empresa desintegradora debidamente autorizada por el Ministerio de Transporte (Incorporada en RUNT).

  • Certificación de la revisión técnica de la Dijín.

Causal cancelación por destrucción total o pérdida total originada en un accidente de tránsito.

  • Reporte del accidente de tránsito incorporado a través del Informe Policial de Accidente de Tránsito IPAT (RUNT).

  • Certificación técnica de la Dijín en la que se detallen las características de identificación del vehículo.

  • Concepto técnico sobre el daño que amerita la declaratoria de la destrucción total emitido por perito de la compañía aseguradora (Vehículo asegurado). Cuando el vehículo no está asegurado la certificación (concepto técnico) sobre el daño lo puede entregar:

  • Secretaría de tránsito

  • Sijin (Dijin)

  • Peritos autorizados por Juzgados y fiscalías.

  • Bomberos

  • Policía Nacional

  • Registro fotográfico del accidente de tránsito tomado en el lugar de los hechos.

Causal cancelación de matrícula por destrucción total o pérdida total originada en caso fortuito o fuerza mayor.

  • Certificación del hecho expedida por la autoridad administrativa de la jurisdicción donde se haya presentado el caso fortuito o fuerza mayor.

  • Concepto técnico sobre el daño que amerita la declaratoria de la destrucción total emitido por perito de la compañía aseguradora (vehículo asegurado).

  • Registro fotográfico que demuestre la presentación del caso fortuito o fuerza mayor y que como consecuencia se genera la pérdida total.

  • Certificación de la revisión técnica de la Dijín

Causal cancelación de matrícula por pérdida definitiva, hurto o desaparición documentada.

  • Denuncia instaurada ante la autoridad competente por el hurto del vehículo.

  • Certificación expedida por autoridad judicial, que constate que se desconoce el paradero final del vehículo.

  • Para pérdida definitiva el tiempo que debe trascurrir entre la denuncia instaurada por la pérdida y la cancelación es de un (1) año.

Causal cancelación de matrícula por exportación o la reexportación del vehículo.

  • Declaración de exportación expedida por la autoridad competente.

  • Certificación de la revisión técnica realizada por la Dijín.

  • Devolución de las placas y la licencia de tránsito (o tarjeta de registro).

Adicional vencimiento del término de la importación temporal.

  • Devolución de la licencia de tránsito y las placas.

  • Declaración de exportación expedida por la DIAN.

Servicio público Transporte Pasajeros (Se deben requerir además los requisitos por causal de cancelación) Radio de acción Distrital.

Adicional Servicio público individual, colectivo y masivo de radio de acción urbano (para efectos de reposición)

  • Original de la Licencia de Tránsito a nombre del solicitante.

  • Presentación y entrega de las placas que identificaban al vehículo como de servicio público colectivo, masivo o individual.

  • Tarjeta de Operación vigente hasta la fecha de prestación del servicio.

  • Pago de impuestos del vehículo de los últimos cinco (5) años (Debe consultarse por placa en la Web: www.shd.gov.co).

  • Solicitud escrita del propietario del vehículo, donde manifieste que el vehículo de transporte público ya fue desintegrado totalmente.

  • Constancia de que el vehículo fue sometido al proceso de desintegración física total expedida por la entidad desintegradora. Este documento es remitido directamente por la entidad desintegradora autorizada.

  • Adicional para situaciones excepcionales de desintegración física total (accidente, motín, sedición, asonada u otra situación diferente al hurto) con fines de reposición.

  • Certificación expedida por la autoridad judicial o policiva correspondiente que permita verificar la ocurrencia del hecho que haya dado como resultado la pérdida total del vehículo.

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Vanessa Velez

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