A OJO’ NO SE PODRÁN PONER MULTAS POR VIDRIOS POLARIZADOS

Un concepto del Ministerio de Transporte aclara que si un agente de tránsito no tiene un medio electrónico de medición no podrá imponer la multa.

En una respuesta que emitió el Ministerio de Transporte y que se puede ver en la imagen inferior que acompaña a este artículo, se aclara para todo el territorio nacional que ningún agente de tránsito podrá imponer una multa por vidrios oscurecidos o polarizados sin una herramienta que sea capaz de medir su opacidad.

mintransporte_polarizados

Esta herramienta electrónica de la que habla la respuesta del Director de Tránsito y Transporte del ministerio se conoce como fotómetro luxómetro y puede ser similar a la que aparece en la siguiente foto. Sin ese elemento, el agente no le puede imponer un comparendo por este tipo de vidrios.

fotometro

Es bueno aclarar también que como parte de la misma respuesta no habrá necesidad de permiso alguno si se cumplen los niveles de opacidad o luminosidad permitidos por el Ministerio.

Estos son diferentes según el vehículo, como lo determina la Resolución3777 de 2003 de MinTransporte.

Automóviles
Panorámico: 70 por ciento de luminosidad – 30 por ciento de opacidad.
Vidrios laterales delanteros: 70% – 30%
Vidrios laterales traseros: 55% – 45%
Vidrio posterior: 55% – 45%

Camionetas
Panorámico: 70% – 30%
Vidrios laterales delanteros: 70% – 30%
Vidrios laterales traseros: 55% – 45%
Vidrio posterior y si hay más ventanas traseras: 14% – 86% (el más oscuro)

Esto quiere decir que todos los carros, ensamblados importados, que tienen una película entintada que protege de los rayos UV, no necesitantramitar ningún permiso.

Pero si el propietario requiere un nivel superior de opacidad debe tramitar ante la Policía Nacional un permiso que le entrega el Ministerio de Defensa y que tiene un costo de un salario mínimo.

DATO
La multa por no portar permiso para vidrios polarizados que se salen de la norma es de casi 200 mil pesos.

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