Gracias a la ley 2155 del 14 de septiembre 2021, se cuenta con un nuevo descuento en las infracciones a las normas de tránsito sancionadas hasta el 29 de junio de 2021, donde los usuarios contarán con varios beneficios:
Para motociclistas:
Los deudores de multa por infracciones a las normas de tránsito de motocicletas, que se hayan hecho exigibles con anterioridad al 30 de junio de 2021, tendrán derecho a:
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Un descuento del 80% del capital de su multa de tránsito sin intereses moratorios durante los primeros seis meses que rige esta ley.
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Descuento del 60% del capital sin intereses de mora entre los 6 y 8 meses siguientes a la entrada en vigor de la ley.
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Descuento del 40% sin intereses de mora después de los 8 meses y hasta los 12 meses.
Para conductores de vehículos diferentes a motocicletas:
Los deudores de multa por infracciones a las normas de tránsito de automotores diferentes a motocicletas, que se hayan hecho exigibles con anterioridad al 30 de junio de 2021, tendrán derecho a:
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Descuento del 50% del capital y sin intereses moratorios dentro de los 8 meses siguientes a la entrada en vigor de la presente ley.
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Descuento del 20% del capital y sin intereses de mora después de los 8 meses y hasta los 12 meses.
Pasos para liquidar e imprimir recibos para pago de multas:
- Para obtener el recibo de pago cuentas con los siguientes canales de atención:
- Nuestra línea de atención 2855999 opción 8
- Chat en nuestra página web (https://chatctp.mcc.com.co/)
- A través de nuestras redes sociales:
Facebook https://www.facebook.com/CTPALMIRA/
Twitter https://twitter.com/CTPalmira
- Después de obtener la liquidación, podrás cancelar en cualquier banco de Bogotá a nivel nacional.
- También podrás solicitar la liquidación y pagar en nuestra sede ubicada en la Carrera 35 # 42 – 291 Barrio Santa Teresita (Palmira) de lunes a viernes de 7:30am a 5:00pm y sábados de 9:00am a 12:00m.
Nota: La actualización del pago se ve reflejada de 24 a 72 horas hábiles a nivel local y nacional.
Ten en cuenta que estos beneficios no aplican para aquellos infractores a quienes se le haya impuesto la sanción posterior al 29 de junio de este año, para acuerdos de pago vigentes o incumplidos, quienes hayan sido sancionados por conducir en estado de embriaguez o bajo los efectos de las sustancias psicoactivas y no aplica para suscripción de acuerdo de pago con descuento.