{"id":1518,"date":"2017-09-04T19:05:36","date_gmt":"2017-09-04T19:05:36","guid":{"rendered":"https:\/\/www.consorcioctp.com\/?p=1518"},"modified":"2017-09-04T19:05:36","modified_gmt":"2017-09-04T19:05:36","slug":"lo-falso-y-lo-verdadero-de-la-cadena-de-whatsapp-sobre-normas-de-transito","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.consorcioctp.com\/index.php\/lo-falso-y-lo-verdadero-de-la-cadena-de-whatsapp-sobre-normas-de-transito\/","title":{"rendered":"Lo falso y lo verdadero de la cadena de Whatsapp sobre normas de tr\u00e1nsito"},"content":{"rendered":"<p>Desde hace unos meses est\u00e1 rotando en Whatsapp\u00a0la historia de una persona que asegura que fue multada \u201cpor el extintor y la ambig\u00fcedad de la norma\u201d.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la cadena, la profesora que dict\u00f3 el curso comparti\u00f3 10 normas de pr\u00e1cticamente desconocidas por las que multan a muchos desprevenidos. Y aunque muchos de esos \u201ctips\u201d est\u00e1n en la Ley 769 de 2002 o C\u00f3digo Nacional de Tr\u00e1nsito, otros no son m\u00e1s que inventos que circulan por la red social.<\/p>\n<p>Analizamos las supuestas 10 normas de la cadena de Whatsapp, y esto fue lo que encontramos:<\/p>\n<p>\u201c1. El extintor debe ser de cinco libras y debe estar en el interior de la cabina del carro, no en el ba\u00fal\u201d.\u00a0<b>FALSO<\/b><\/p>\n<blockquote><p>\nEl art\u00edculo 30 del C\u00f3digo Nacional de Tr\u00e1nsito dice que ning\u00fan veh\u00edculo podr\u00e1 transitar por las v\u00edas del territorio nacional sin tener como m\u00ednimo un extintor, entre otros equipos de prevenci\u00f3n y seguridad. Sin embargo, la norma no dice nada sobre el tama\u00f1o m\u00ednimo del extintor o el lugar del carro donde deben guardar lo que com\u00fanmente llaman el \u201ckit de carretera\u201d.\n<\/p><\/blockquote>\n<p>\u201c2. Ning\u00fan tipo de manos libres, al\u00e1mbricos o inal\u00e1mbricos son permitidos. As\u00ed est\u00e9 parqueado con estacionarias, son dos multas: usar celular y estacionar en v\u00eda p\u00fablica. No lo cre\u00eda y mi vecino de silla estaba ah\u00ed por eso\u201d.\u00a0<b>FALSO<\/b><\/p>\n<blockquote><p>\nEl numeral C38 del art\u00edculo 131 (sobre las multas de tr\u00e1nsito) dice lo siguiente: \u201cUsar sistemas m\u00f3viles de comunicaci\u00f3n o tel\u00e9fonos instalados en los veh\u00edculos al momento de conducir, exceptuando si estos son utilizados con accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres\u201d.\n<\/p><\/blockquote>\n<p>\u201c3. Debe llevar en la guantera un chaleco reflectivo y una linterna funcionando. Tampoco vale en el ba\u00fal\u201d.\u00a0<b>FALSO<\/b><\/p>\n<blockquote><p>\nEn el mismo art\u00edculo 30, la linterna est\u00e1 en la lista de los equipos de prevenci\u00f3n y seguridad obligatorios, pero no dice nada sobre llevarla en el ba\u00fal. El chaleco reflectivo en la guantera es un invento de la supuesta profesora del autor de la cadena.\n<\/p><\/blockquote>\n<p>\u201c4. Debe llevar un botiqu\u00edn m\u00ednimo y un par de herramientas sencillas como alicate y dos destornilladores\u201d.\u00a0<b>VERDADERO, AUNQUE INCOMPLETO<\/b><\/p>\n<blockquote><p>\nLos numerales 4 y 7 del art\u00edculo 30 del C\u00f3digo Nacional de Tr\u00e1nsito dicen que como m\u00ednimo un carro debe llevar un botiqu\u00edn de primeros auxilios y una caja de herramientas con alicate, destornilladores, llave de expansi\u00f3n y llaves fijas.\n<\/p><\/blockquote>\n<p>\u201c5. Si usted se va de fiesta, as\u00ed no se haya tomado ni un solo trago, si lo paran y hay alguien en el carro con un trago o botella en la mano o en la cabina, la multa por alcohol es para usted. Licor solo se puede transportar en el ba\u00fal del carro\u201d.\u00a0<b>FALSO<\/b><\/p>\n<blockquote><p>\n\u00danicamente habr\u00e1 sanciones administrativas y penales si el conductor presenta alg\u00fan grado de alcoholemia. Si la persona que maneja est\u00e1 sobria, no hay problema con que los pasajeros consuman licor en la cabina del carro.\n<\/p><\/blockquote>\n<p>\u201c6. Es prohibido el uso de pantallas y porta celulares, como para usar Waze\u201d.<b>\u00a0VERDADERO<\/b><\/p>\n<blockquote><p>\nEl numeral B23 del art\u00edculo 131 (sobre las multas) dice que est\u00e1 prohibido \u201cutilizar radios, equipos de sonido o de amplificaci\u00f3n a vol\u00famenes que superen los decibeles m\u00e1ximos establecidos por las autoridades ambientales. De igual forma utilizar pantallas, proyectores de imagen o similares en la parte delantera de los veh\u00edculos, mientras est\u00e9 en movimiento\u201d.\n<\/p><\/blockquote>\n<p>\u201c7. En la silla del copiloto solo se puede sentar alguien mayor de 10 a\u00f1os. Si lo paran y dicen que debe ser mayor de 12, cite el art\u00edculo 82\u201d.\u00a0<b>VERDADERO<\/b><\/p>\n<blockquote><p>\nDice el art\u00edculo 82 del C\u00f3digo Nacional de Tr\u00e1nsito: \u201cLos menores de diez (10) a\u00f1os no podr\u00e1n viajar en el asiento delantero del veh\u00edculo. Por razones de seguridad, los menores de dos (2) a\u00f1os solo podr\u00e1n viajar en el asiento posterior haciendo uso de una silla que garantice su seguridad y que permita su fijaci\u00f3n a \u00e9l, siempre y cuando el menor viaje \u00fanicamente en compa\u00f1\u00eda del conductor\u201d.\n<\/p><\/blockquote>\n<p>\u201c8. Si su pase es mixto (particular y p\u00fablico, antigua categor\u00eda 5), y ya se venci\u00f3 la categor\u00eda de p\u00fablico, usted puede seguir usando su pase pero solo como particular. Los patrulleros lo van a intentar multar por eso\u201d.\u00a0<b>FALSO<\/b><\/p>\n<blockquote><p>\nNo hay pases mixtos. La resoluci\u00f3n 001500 de 2005 establece tres categor\u00edas de licencia de conducci\u00f3n (A para motocicletas, B para autom\u00f3viles o veh\u00edculos m\u00e1s grandes y C para carros de servicio p\u00fablico). Dentro de esas categor\u00edas hay varias nomenclaturas.<\/p>\n<p>\u201cLos conductores que posean licencia de conducci\u00f3n para veh\u00edculos de servicio p\u00fablico, podr\u00e1n conducir veh\u00edculos particulares de similar o menor categor\u00eda\u201d, pero una vez se venza el pase (cada tres a\u00f1os, si son menores de 65, o cada a\u00f1o despu\u00e9s de esa edad), no les servir\u00e1 para conducir ning\u00fan veh\u00edculo.\n<\/p><\/blockquote>\n<p>\u201c9. Si alguien en el carro no lleva cintur\u00f3n de seguridad, la multa es para el conductor\u201d\u00a0<b>VERDADERO<\/b><\/p>\n<blockquote><p>\nEl numeral C6 del art\u00edculo 131 dice que \u201cser\u00e1 sancionado con multa equivalente a 15 salarios m\u00ednimos legales diarios vigentes el conductor y\/o propietario de un veh\u00edculo automotor\u201d cuando alguno de los ocupantes del carro no utilice el cintur\u00f3n de seguridad.\n<\/p><\/blockquote>\n<p>\u201c10. La campeona de todas: Est\u00e1 PROHIBIDO manejar con gafas de sol. Est\u00fapido, pero es verdad. Est\u00e1 en la norma\u201d.\u00a0<b>FALSO<\/b><\/p>\n<blockquote><p>\nLos \u00fanicos vidrios oscuros prohibidos en el pa\u00eds son las ventanas polarizadas, si no cuentan con el permiso se seguridad. Ninguna norma en Colombia dice que est\u00e1 prohibido manejar con gafas de sol. Es m\u00e1s: en la tarde o en la ma\u00f1ana, cuando la luz encandila a los conductores, unos buenos lentes oscuros podr\u00edan hasta evitar alg\u00fan accidente.\n<\/p><\/blockquote>\n<p>\u201c\u00d1APA: Como ya me multaron, aparezco en el RUNT reportado. Si me ponen cualquier otra multa (fotocomparendo, etc.) dentro de los siguientes 6 meses, el sistema RUNT suspende autom\u00e1ticamente mi pase por un a\u00f1o\u201d.\u00a0<b>IMPRECISO<\/b><\/p>\n<blockquote><p>\nSeg\u00fan el numeral 4 del art\u00edculo 26 del C\u00f3digo Nacional de Tr\u00e1nsito, la licencia de conducci\u00f3n se suspender\u00e1 \u201cpor reincidir en la violaci\u00f3n de la misma norma de tr\u00e1nsito en un per\u00edodo no superior a un a\u00f1o. En este caso la suspensi\u00f3n de la licencia ser\u00e1 por seis meses\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el art\u00edculo 124 aclara que cometer dos infracciones a la normas de tr\u00e1nsito en menos de seis meses (desde exceder la velocidad l\u00edmite hasta parquear en zona prohibida) acarrear\u00e1 la suspensi\u00f3n de la licencia por un semestre.<\/p>\n<p>Sin embargo, esta sanci\u00f3n no es autom\u00e1tica y rara vez se aplica. Si fuera autom\u00e1tico, \u00bfcu\u00e1ntas personas con multas por velocidad se quedar\u00edan sin pase? Dos fotomultas en 365 d\u00edas ser\u00edan suficientes para que le quiten la licencia por un semestre, as\u00ed usted pague el parte y haga el curso pedag\u00f3gico.<\/p>\n<p>Eso no significa que la norma no exista y que las autoridades de tr\u00e1nsito no la puedan aplicar. De hecho, en abril de este a\u00f1o, la Secretar\u00eda Distrital de Movilidad de Bogot\u00e1 suspendi\u00f3 la licencia de 9.381 conductores que hab\u00edan cometido dos infracciones en los seis meses anteriores.<\/p>\n<p>As\u00ed es que si usted tiene un comparendo reciente, cu\u00eddese de cometer otra infracci\u00f3n: no vaya a ser que alg\u00fan agente de tr\u00e1nsito se d\u00e9 cuenta de que usted es un reincidente y le suspenda la licencia.\n<\/p><\/blockquote>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde hace unos meses est\u00e1 rotando en Whatsapp\u00a0la historia de una persona que asegura que fue multada \u201cpor el extintor y la ambig\u00fcedad de la norma\u201d. Seg\u00fan la cadena, la profesora que dict\u00f3 el curso comparti\u00f3 10 normas de pr\u00e1cticamente desconocidas por las que multan a muchos desprevenidos. 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