{"id":1451,"date":"2017-08-04T19:44:40","date_gmt":"2017-08-04T19:44:40","guid":{"rendered":"https:\/\/www.consorcioctp.com\/?p=1451"},"modified":"2017-08-04T19:46:09","modified_gmt":"2017-08-04T19:46:09","slug":"lo-que-debe-saber-al-comprar-una-bicicleta-o-motocicleta-electrica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.consorcioctp.com\/index.php\/lo-que-debe-saber-al-comprar-una-bicicleta-o-motocicleta-electrica\/","title":{"rendered":"LO QUE DEBE SABER AL COMPRAR UNA BICICLETA O MOTOCICLETA EL\u00c9CTRICA"},"content":{"rendered":"<p><b>El 2 de agosto<\/b>\u00a0se acab\u00f3 la incertidumbre para los usuarios y potenciales compradores de bicicletas y motos el\u00e9ctricas, pues finalmente, como estaba previsto en la resoluci\u00f3n 160 del 2 febrero, algunos de estos aparatos tendr\u00e1n que ser matriculados, pasar por revisi\u00f3n t\u00e9cnico mec\u00e1nica y sus propietarios portar\u00a0<b>licencia de conducci\u00f3n y Seguro Obligatorio de Accidentes de Tr\u00e1nsito<\/b>.<\/p>\n<p>Como suele ocurrir con estas decisiones, unos quedaron chamuscados y otros salieron ilesos con la\u00a0<b>nueva normatividad<\/b>que ahora se les impone a estos aparatos, que tambi\u00e9n incluye a motociclos o ciclomotores, triciclos y cuatriciclos con propulsi\u00f3n el\u00e9ctrica y motores de combusti\u00f3n interna de menos de 50 cm3.<\/p>\n<p>Durante estos\u00a0<b>seis meses de \u2018transici\u00f3n\u2019\u00a0<\/b>desde cuando que se emiti\u00f3 la resoluci\u00f3n, muchos usuarios dejaron sus aparatos en la casa; otros dejaron de comprarlos, lo cual gener\u00f3 el cierre de muchas empresas, la quiebra de muchos negociantes y empresarios, el despido de trabajadores y la ca\u00edda del 95 por ciento de las ventas, razones m\u00e1s que suficientes para las demandas que ya est\u00e1n en curso.<\/p>\n<p><em><strong>(Lea tambi\u00e9n: <a href=\"https:\/\/www.consorcioctp.com\/index.php\/preguntas-y-respuestas-sobre-la-resolucion-que-reglamenta-el-registro-y-circulacion-de-ciclo-motores\/\">Preguntas y respuestas sobre la resoluci\u00f3n que reglamenta el registro y circulaci\u00f3n de ciclo motores<\/a>.)<\/strong><\/em><\/p>\n<p>Para entender lo que va a pasar de aqu\u00ed en adelante hay que remitirse a la\u00a0<b>Resoluci\u00f3n 160 de 2017<\/b>\u00a0que fij\u00f3 un plazo de seis meses para \u2018reacomodar\u2019 las cosas en t\u00e9rminos de requisitos y circulaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En este punto, el\u00a0<b>Ministerio de Transporte<\/b>\u00a0estableci\u00f3 que los veh\u00edculos automotores tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo con motores de combusti\u00f3n interna o el\u00e9ctricos no podr\u00e1n transitar por andenes, ciclov\u00edas, ciclorrutas o cualquier tipo de cicloinfraestructura destinada al tr\u00e1nsito de peatones o bicicletas\u201d.<\/p>\n<p>Esta decisi\u00f3n oblig\u00f3 a muchos usuarios de estos aparatos a\u00a0<b>\u2018bajarse\u2019 de la cicloruta a la calles<\/b>, lo cual gener\u00f3 molestias y desencanto. En cuanto a los requisitos, la resoluci\u00f3n obliga a los nuevos propietarios a matricularlos, portar licencia de conducci\u00f3n, seguro obligatorio de accidentes de tr\u00e1nsito y certificado de revisi\u00f3n t\u00e9cnico mec\u00e1nica.<\/p>\n<p>Al mismo tiempo la Resoluci\u00f3n cre\u00f3 u<b>na gran confusi\u00f3n entre usuarios y empresarios<\/b>, al punto que el Ministerio de Transporte tuvo que emitir en junio pasado una nota aclaratoria, pues pr\u00e1cticamente hay que contar \u2018tres momentos\u2019, seg\u00fan Juli\u00e1n Mart\u00ednez, de Be Electric Colombia: 1.<\/p>\n<p>Antes de la\u00a0<b>resoluci\u00f3n (febrero 2 de 2017)<\/b>; 2. Un periodo \u2018muerto\u2019 (2 de febrero a 12 de agosto); y 3. Despu\u00e9s del 2 de agosto. En ese entramado de fechas las cosas quedan as\u00ed: quienes compren veh\u00edculos despu\u00e9s del 2 de agosto, de m\u00e1s de 350 vatios o m\u00e1s de 35 kilos de peso, y nacionalizados despu\u00e9s del 2 de febrero, deber\u00e1n matricularlos, portar licencia de conducci\u00f3n de m\u00ednimo de categor\u00eda A1,\u00a0<b>Seguro Obligatorio de Accidentes de Tr\u00e1nsito<\/b>(Soat) y certificado de revisi\u00f3n t\u00e9cnico mec\u00e1nica (dentro de dos a\u00f1os).<\/p>\n<p>Pero tenga cuidado porque hay \u2018variables\u2019. Los usuarios que hayan comprado veh\u00edculos de estas especificaciones antes del 2 de agosto de 2017 (<b>sin importar su fecha de nacionalizaci\u00f3n<\/b>) deber\u00e1n portar licencia de conducci\u00f3n, pero no est\u00e1n obligados a matricularlos ni a portar el Soat.<\/p>\n<p>Esto es algo ins\u00f3lito pues la posibilidad de involucrarse en un accidente con v\u00edctimas es la misma que la de otros veh\u00edculos similares. En ese caso, entonces\u00a0<b>\u00bfqui\u00e9n responde?<\/b><\/p>\n<p>Si un agente los detiene en la v\u00eda solo les podr\u00e1 exigir la factura o declaraci\u00f3n del importador donde conste que fue facturado antes del\u00a0<b>2 de agosto<\/b>. Eso si encuentra al importador, porque muchos se quebraron y los negocios ya no existen.<\/p>\n<p>Ahora, si el veh\u00edculo fue facturado despu\u00e9s de esta fecha, tendr\u00e1n dos condiciones: si fue nacionalizado antes del 2 de febrero de 2017 el aparato mantiene la exenci\u00f3n de matr\u00edcula y Soat; matricularlo queda a voluntad del usuario. Y si fue nacionalizado despu\u00e9s del\u00a0<b>2 de febrero<\/b>\u00a0tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n del Soat y matr\u00edcula.<\/p>\n<p>Basta decir que entre el curso de conducci\u00f3n, el tr\u00e1mite de la licencia, los derechos de matr\u00edcula y la revisi\u00f3n t\u00e9cnico mec\u00e1nica, al valor del veh\u00edculo hay que sumarle en promedio 1.500.000 pesos, lo cual espantar\u00e1 a potenciales clientes y a los actuales propietarios.<\/p>\n<p>La\u00a0<b>Superintendencia Financiera\u00a0<\/b>expidi\u00f3 el martes pasado una circular que fija las tarifas del Soat en 4,3 salarios m\u00ednimos legales diarios vigentes para veh\u00edculos tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo de combusti\u00f3n interna, el\u00e9ctricos y\/o de cualquier otro tipo de generaci\u00f3n de energ\u00eda ciclomotores y similares, que con contribuciones llega a los 152.000 pesos, aproximadamente, casi la mitad de\u00a0<b>lo que paga una moto de 150 cm3<\/b>.<\/p>\n<p>Y para el caso de ciclomotores<i>\u00a0\u201ccuyo cilindraje sea superior a 50 c.c. o con potencia nominal superior a 4 kW, la tarifa aplicable ser\u00e1 la equivalente a una moto de similares caracter\u00edsticas en cilindraje o potencia nominal\u201d<\/i>. La moto que m\u00e1s se asemeja a esas potencias es una de 100 cm3 cuya tarifa de Soat est\u00e1 en 8.6 salarios m\u00ednimos legales diarios vigentes, es decir, 211.478 pesos.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo,\u00a0<b>si la bicicleta el\u00e9ctrica no supera una potencia de 350 vatios<\/b>\u00a0o un peso de 35 kilogramos, se tratar\u00e1 como una bicicleta tradicional, o sea que no tendr\u00e1 que cumplir con las exigencias de la Resoluci\u00f3n 160 \u00bfde cu\u00e1ndo? Del 2 de febrero de 2017. No lo olviden.<\/p>\n<p><b>Los otros efectos de la resoluci\u00f3n<br \/>\n<\/b><br \/>\n<i>Antes de que se conociera la Resoluci\u00f3n 160 no exist\u00eda ning\u00fan tipo de regulaci\u00f3n, hab\u00eda un vac\u00edo legal y jur\u00eddico que de alguna manera se llen\u00f3 con la definici\u00f3n de las categor\u00edas de tipos de veh\u00edculos el\u00e9ctricos.<\/i><\/p>\n<p>Pero al mismo tiempo se gener\u00f3 una especie de &#8216;bloqueo comercial&#8217; y una serie de problemas para usuarios, importadores y distribuidores.<\/p>\n<p>Cesar Godoy Mu\u00f1oz, director comercial de Biol\u00f3gica Veh\u00edculos El\u00e9ctricos de Colombia S.A.S., y presidente de la Asociaci\u00f3n Electrom\u00f3viles de Colombia, anunci\u00f3 que prepara una demanda ante el Consejo de Estado.<\/p>\n<p>Los argumentos de Godoy Mu\u00f1oz son m\u00faltiples. En su opini\u00f3n la norma es contradictoria y hay exigencias que no tienen validez legal como el de matricular veh\u00edculos usados, prohibido expresamente por la Ley 769 de 2002 (C\u00f3digo Nacional de Tr\u00e1nsito).<\/p>\n<p>Insiste en que tampoco tiene validez legal exigir licencia de conducci\u00f3n pues se rompe el principio de &#8216;Confianza Leg\u00edtima&#8217;. &#8220;El gobierno no pod\u00eda prohibir lo que hab\u00eda permitido hace mucho tiempo&#8221;, asegura.<\/p>\n<p>Seg\u00fan Godoy, estudios realizados por su agremiaci\u00f3n demuestran que el 70 por ciento de compradores de sus veh\u00edculos son mujeres. &#8220;Las compraron como alternativa de transporte por el acoso que sufr\u00edan en el servicio p\u00fablico y no ten\u00eda los riesgos de la calle. Pero el gobierno cre\u00f3 una confusi\u00f3n y la gente entr\u00f3 en p\u00e1nico&#8221;.<\/p>\n<p>Lo m\u00e1s grave, agrega Godoy es que el negocio se cay\u00f3 en un 95 por ciento. Por toda la incertidumbre los potenciales compradores dejaron se perdieron, desaparecieron 19 empresas y 60 puntos de venta. Hay empresarios quebrados y hubo que despedir a muchos empleados.<\/p>\n<p>Fuente: <a href=\"http:\/\/www.motor.com.co\/actualidad\/industria\/debe-comprar-bicicleta-motocicleta-electrica\/29140\">Motor<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El 2 de agosto\u00a0se acab\u00f3 la incertidumbre para los usuarios y potenciales compradores de bicicletas y motos el\u00e9ctricas, pues finalmente, como estaba previsto en la resoluci\u00f3n 160 del 2 febrero, algunos de estos aparatos tendr\u00e1n que ser matriculados, pasar por revisi\u00f3n t\u00e9cnico mec\u00e1nica y sus propietarios portar\u00a0licencia de conducci\u00f3n y Seguro Obligatorio de Accidentes de [&hellip;]\n","protected":false},"author":12,"featured_media":1452,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_mi_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.consorcioctp.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1451"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.consorcioctp.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.consorcioctp.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.consorcioctp.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/12"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.consorcioctp.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1451"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.consorcioctp.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1451\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.consorcioctp.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1452"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.consorcioctp.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1451"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.consorcioctp.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1451"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.consorcioctp.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1451"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}