Beneficios de matricular en Palmira

Bien lo dice este dicho: La matricula es al vehículo como la cédula es al ciudadano. Bajo esta analogía se puede comprender la importancia que tiene este trámite para la vida del automotor.

Todo vehículo debe tener placas como único método de identificación, sin importar si es de organismos de seguridad del Estado o de empresas de servicios. El no portar esta identificación implica inmovilización y sanción. Ademas lo que hace identificable a tu vehículo es la placa.

Existen placas de cinco tipos: 1. Placas de servicio particular (color amarillo con negro).

2. Placas de servicio público (color blanco y negro).

3. Placas oficiales (color verde). Por seguridad ahora son de color amarillo, aunque son fáciles de identificar pues comienzan con la letra O.

4. Placas diplomáticas (color azul).

5. Placas para vehículos clásicos o antiguos.

Recuerda que matriculando tu carro o moto en Palmira obtendrás mayores beneficios como:

-Mejores tarifas.

-Mayor calidad y menor tiempo.

-Mayor agilidad en tu trámite.

Los requisitos son:

Diligenciar el Formulario Único de Solicitud de Trámite.
Certificado individual de aduana y/o declaración de importación según sea el caso.
Improntas adheridas bien sea en la factura de venta o en la declaración de importación: motor, serie, chasis y/o VIN.
Copia del recibo de pago de impuesto del año en curso.
SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito) vigente incorporado en RUNT (Registro Único Nacional de Tránsito).

El propietario debe encontrarse a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.
Pago de los derechos del trámite.Si el propietario es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.
Poder especial o contrato de mandato. Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar el contrato de mandato (poder general) o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

Vanessa Velez

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